Zum Inhalt springen
BOE-A-2026-3794 ·18. Februar 2026 ·Resolución Geringe Auswirkung
Arbeitsrecht

Se suprime la disposición adicional 2 y lo indicado del art. 5.a) del Convenio de saneamiento publico

La Resolución de 6 de febrero de 2026 suprime la disposición adicional 2 y lo indicado en el artículo 5.a) del Convenio colectivo del sector de saneamiento público, limpieza viaria y gestión de residuos, publicado previamente el 15 de octubre de 2026. Esta supresión se realiza conforme a lo establecido en el art. 90.2 y 3 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y al Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo.

Wen betrifft es

Gilt für dieses Profil

  • Empresas del sector de saneamiento público, limpieza viaria, riegos, recogida y tratamiento de residuos

Gilt für dieses Profil

  • Autónomos que desarrollen actividades en el sector de saneamiento y limpieza

Gilt für dieses Profil

  • Empresas del sector de saneamiento público con más de 50 trabajadores

Wie es Betroffene betrifft

Los trabajadores y empresas del sector de saneamiento público pierden la referencia normativa previa sobre el artículo 5.a) y su disposición adicional, lo que puede generar incertidumbre en la interpretación de sus derechos y obligaciones laborales. Las administraciones y representantes sindicales deben actualizar sus procedimientos y comunicar la modificación al personal afectado. Los asesores deben revisar sus consejos sobre condiciones laborales en este sector.

Zeitlinie

2026-02-18pubVeröffentlichung im BOE
2026-02-18vigorInkrafttreten (Resolución de 6 de febrero de 2026)
Betroffene Sektoren
Offizieller Text Basierend auf BOE-Daten (boe.es). Information, keine Beratung.

Betrifft Sie diese Norm?

Das arbeitsrecht-Team überprüft Ihre spezifische Situation.

Mit dem arbeitsrecht-Team sprechen
Diese Analyse dient nur zur Information und stellt keine Rechtsberatung dar und begründet kein Mandatsverhältnis. BM Consulting.
E-Mail
Kontakt