La Orden APA/878/2026 establece las condiciones técnicas, bienes asegurables y rendimientos para el seguro de uva de vinificación en la Península y Baleares dentro del 47.º Plan de Seguros Agrarios Combinados (art. 1). La norma define qué variedades y plantones son cubiertos, así como las instalaciones asegurables (art. 2.1). Asimismo, especifica las edades mínimas de las plantaciones para que la producción sea considerada asegurable (art. 2.2).
Gilt für dieses Profil
art. 1 y art. 2
Gilt für dieses Profil
art. 1
Esta normativa no afecta directamente al perfil particular.
art. 2.2.d
Para los viticultores de la Península y Baleares, la norma condiciona la cobertura a la inscripción en el registro vitícola o solicitud de regularización (art. 1). Los productores con plantaciones jóvenes deben observar los umbrales de edad mínima (entre 2 y 4 años según tipo de cultivo y injerto) para evitar la exclusión de la cobertura (art. 2.2). Se excluyen explícitamente las parcelas en estado de abandono, las destinadas a experimentación y los huertos familiares de autoconsumo (art. 2.2).
| Maßnahme | Referenz | Frist |
|---|---|---|
| Verificar la inscripción en el registro vitícola o la solicitud de regularización de las parcelas | art. 1 | |
| Comprobar que la edad de la plantación cumple los mínimos exigidos según el tipo de cultivo y si es injertada | art. 2.2 |
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