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V4906-16 14 novembre 2016 · SG de Impuestos sobre las Personas Jurídicas Critère en vigueur
IS · gastos de desarrollo

Les frais de développement de 2014 doivent être imputés fiscalement en 2014 s'ils résultent d'une correction d'erreur comptable

Une entreprise constate en 2015 que des activités de 2014 sont éligibles à l'activation en tant que frais de développement et souhaite les comptabiliser en 2015. La DGT précise qu'en cas de correction d'une erreur comptable, l'inscription à l'actif doit être imputée à l'exercice 2014.

La question posée

Cuestión planteada 1. Si a la situación descrita le es de aplicación el artículo 11.3.2º de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades, de manera que aun tratándose de una actividad de desarrollo del ejercicio 2014, su integración en la base imponible debe efectuarse en el correspondiente al Impuesto sobre Sociedades de 2015.

La position de la DGT

La activación de gastos de desarrollo mediante un ajuste en reservas no es un cambio de criterio, sino la corrección de un error contable. Por tanto, el ingreso derivado de este ajuste debe integrarse en la base imponible del ejercicio 2014, según el artículo 11.3.1º de la LIS. Respecto a la deducción por I+D, los gastos de 2014 pueden aplicarse en ejercicios posteriores dentro del plazo de 18 años o mediante rectificación de la declaración.

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