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V3558-15 17 novembre 2015 · SG de Impuestos sobre las Personas Jurídicas Critère en vigueur
IS · devengo

Imputation des revenus de services futurs selon la comptabilité d'engagement et l'affectation des obligations

Une entreprise de services funéraires s'interroge sur l'imputation temporelle des revenus d'un programme de services et le traitement fiscal d'une indemnité pour résiliation. La DGT précise que les revenus doivent être comptabilisés selon le principe de l'engagement et l'affectation de chaque obligation à sa juste valeur.

La question posée

Cuestión planteada Cuál sería la forma de imputar temporalmente los ingresos derivados del programa planteado por el consultante, y en el caso de resolución anticipada del contrato cuál sería la forma de tributación de la indemnización satisfecha en concepto de daños y perjuicios.

La position de la DGT

Si los contratos contienen varias obligaciones de cumplimiento en distintos momentos, la empresa debe asignar la contraprestación en proporción al valor razonable de cada una. Los ingresos se integrarán en la base imponible en el momento de su devengo conforme a la normativa contable. Asimismo, si existe un componente financiero significativo entre el anticipo y el cumplimiento, se debe reconocer dicho efecto financiero. Se mantiene la posibilidad de aplicar el criterio de caja para operaciones a plazos según el artículo 11.4 de la LIS.

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