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V3509-19 20 décembre 2019 · SG de Impuestos sobre las Personas Jurídicas Critère en vigueur
IS · deducción por i+d

Possibilité de demander le paiement anticipé de la déduction pour R&D avec une réduction de 20 % sous réserve de conformité légale

L'entité s'interroge sur la possibilité de solliciter le paiement anticipé de la déduction pour R&D au titre de l'exercice 2015 lors de la déclaration de 2016, en renonçant à 20 % de son montant. La DGT confirme que cela est possible dès lors que les conditions de l'article 39.2 de la LIS sont remplies et que la compatibilité avec les exonérations de la Sécurité sociale est vérifiée.

La question posée

Cuestión planteada Si la entidad consultante tendría derecho a solicitar en la declaración del Impuesto sobre Sociedades correspondiente al ejercicio 2016 (siendo su tipo de gravamen el 25%), el abono anticipado de la deducción por I+D declarada en el ejercicio 2015, previa renuncia al 20% de la misma, cumpliéndose los requisitos establecidos en el artículo 39.2 de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades.

La position de la DGT

La entidad puede solicitar el abono de la deducción por I+D en la primera declaración presentada tras transcurrir un año desde que se generó la deducción sin haber sido aplicada. Para ello, debe cumplir los requisitos del artículo 39.2 de la LIS, como no reducir la plantilla media y destinar el importe a gastos o inversiones en I+D+i en los 24 meses siguientes. Además, si la empresa aplica bonificaciones en la cotización a la Seguridad Social para investigadores, solo podrá compatibilizar ambas con la deducción si es una PYME innovadora o si no se aplica sobre el mismo investigador.

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