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V3333-14 15 décembre 2014 · SG de Impuestos sobre el Consumo Critère en vigueur
IVA · régimen especial de agencias de viajes

L'organisation de congrès peut être imposée comme service unique ou sous le régime des agences de voyages

Une association d'entreprises du secteur MICE interroge la taxation à la TVA de l'organisation d'événements et de congrès. La DGT précise que l'organisation d'événements constitue généralement une prestation unique et définit les règles de localisation selon le destinataire et le lieu de réalisation.

La question posée

Cuestión planteada Sujeción de las operaciones al Impuesto sobre el Valor Añadido.

La position de la DGT

La organización de congresos o eventos suele constituir una prestación única compuesta por elementos estrechamente ligados. Si el organizador incluye servicios de alojamiento o transporte accesorios, estos se integran en el servicio único de organización y no en el régimen de agencias de viajes. El régimen especial de agencias de viajes se aplica solo cuando se vende conjuntamente el acceso a un evento con transporte o alojamiento. La localización depende de si el destinatario es empresario (según su sede) o particular (según la realización material del servicio).

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