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V3243-20 30 octobre 2020 · SG de Impuestos sobre el Consumo Critère en vigueur
IVA · derecho a la deducción

Possibilité de déduire la TVA supportée sous réserve du respect du délai de prescription de quatre ans

Une entreprise en liquidation s'interroge sur la possibilité de déduire des montants de TVA qui lui ont été refusés à la suite d'un contrôle. La DGT confirme que cela est possible tant que le délai de quatre ans est respecté et que les règles comptables sont appliquées.

La question posée

Cuestión planteada Si puede declarar dichas cuotas deducibles del Impuesto sobre el Valor Añadido actualmente, que se encuentra sin actividad y en liquidación.

La position de la DGT

El derecho a la deducción puede ejercitarse en la declaración del periodo en que se soportaron las cuotas o en los sucesivos, sin que transcurran cuatro años desde el nacimiento del derecho. El plazo de cuatro años se interrumpe desde la notificación del inicio de la actuación inspectora hasta que la resolución de la reclamación sea firme. La entidad podrá deducir las cuotas siempre que no haya vencido dicho plazo y se cumplan los requisitos de la Ley 37/1992.

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