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V3135-14 19 novembre 2014 · SG de Impuestos Especiales y de Tributos sobre el Comercio Exterior Critère en vigueur
OTRO · impuestos especiales

Fixation du taux de perte de 3 % pour la fabrication à froid par macération de boissons dérivées

Une consultation porte sur le calcul du pourcentage de pertes admissibles lors du processus de fabrication à froid par macération de boissons dérivées. La DGT précise que ce procédé est limité à 3 % des quantités d'alcool pur mises en œuvre.

La question posée

Cuestión planteada Criterio para el correcto cálculo del porcentaje de pérdidas admisible en el proceso de elaboración en frío con maceración. Si procede:

La position de la DGT

El porcentaje de pérdidas para la elaboración en frío con maceración es el 3 por 100 de las cantidades de alcohol puro puestas en trabajo. Para determinar las pérdidas reales en cada período de liquidación, se debe considerar el alcohol puesto en trabajo en los procesos cuya finalización haya tenido lugar en dicho período. Si las pérdidas reales están dentro de los porcentajes reglamentarios, no es necesaria su justificación.

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