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V3120-16 5 juillet 2016 · SG de Impuestos sobre el Consumo Critère en vigueur
IVA · prestación de servicios

Les services de publicité fournis via le web sont qualifiés de publicité et non de services fournis par voie électronique

Une entreprise de logiciels et de publicité a demandé si ses services d'annonces sur un site web constituaient des services fournis par voie électronique. La DGT détermine qu'il s'agit de services de publicité et que leur localisation dépend du siège du destinataire.

La question posée

Cuestión planteada Lugar de realización de las operaciones efectuadas.

La position de la DGT

Los servicios de publicidad deben calificarse como tales independientemente de que se realicen por medios electrónicos o telemáticos. Si el destinatario es un empresario o profesional con sede o establecimiento permanente en España, la operación se localiza en territorio español y está sujeta al IVA. Si el destinatario es un empresario de otro Estado Miembro sin establecimiento en España, la operación no estará sujeta al IVA.

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