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V3107-16 5 juillet 2016 · SG de Impuestos sobre las Personas Jurídicas Critère en vigueur
IS · mancomunidad

Une communauté de communes de forêts communales ne peut appliquer le régime spécial des communautés de forêts communales

La question porte sur la détermination de l'imposition d'une communauté de communes de forêts communales en main commune : doit-elle être imposée en tant qu'association ou en tant que communauté de forêts ? La DGT répond qu'en l'absence de qualité de communauté titulaire de forêts communales en main commune, elle ne peut bénéficier du régime spécial de cet impôt.

La question posée

Cuestión planteada Si la mancomunidad tiene que aplicar una fiscalidad propia de una asociación, o la fiscalidad aplicable a las comunidades titulares de montes vecinales en mano común.

La position de la DGT

El régimen especial del Impuesto sobre Sociedades para comunidades de montes vecinales solo puede ser aplicado por las comunidades titulares de montes vecinales en mano común. Dado que la entidad consultante es una mancomunidad formada por varias comunidades y no la comunidad titular en sí, no puede acogerse a dicho régimen. Si la mancomunidad carece de personalidad jurídica, sus rentas se atribuirán a los miembros. Si tiene personalidad jurídica, será contribuyente del Impuesto sobre Sociedades.

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