Aller au contenu
Retour à l'index
V2987-20 5 octobre 2020 · SG de Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas Critère en vigueur
IRPF · amortización de participaciones

L'amortissement de l'intégralité des parts sociales est imposé comme une plus-value ou moins-value patrimoniale

Un associé s'interroge sur le fait de savoir si le rachat de ses parts par la société en vue de leur amortissement constitue une transmission de valeurs non admises à la négociation. La DGT détermine qu'en affectant la totalité de ses parts, le régime de séparation des associés s'applique.

La question posée

Cuestión planteada Si la operación referida tributaría de acuerdo con las reglas establecidas en la Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas para la transmisión a título oneroso de valores no admitidos a negociación.

La position de la DGT

Cuando la adquisición de participaciones por la sociedad para su amortización afecta a la totalidad de las de un socio, se aplica la regla especial de valoración del artículo 37.1.e) de la Ley del IRPF. Esta norma establece que la diferencia entre el valor de la cuota de liquidación social o el valor de mercado de los bienes recibidos y el valor de adquisición se considerará ganancia o pérdida patrimonial. Este criterio se aplica por ser la norma más específica para los casos en que el socio deja de ostentar su condición respecto de la sociedad.

Email
Contact