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V2685-21 5 novembre 2021 · SG de Impuestos sobre las Personas Jurídicas Critère en vigueur
IS · arrendamiento de vivienda

Les sociétés peuvent bénéficier du régime spécial de location de logements sous réserve du respect des conditions de la LIS

Une société a sollicité l'avis de savoir si elle pouvait bénéficier de l'abattement spécial de 85 % destiné aux entités de location de logements, alors qu'elle est copropriétaire de biens via une communauté de biens. La DGT précise que la société peut y prétendre si elle remplit l'ensemble des conditions légales, notamment la qualification d'activité économique.

La question posée

Cuestión planteada Si, de acuerdo con los antecedentes expuestos, la entidad consultante podría beneficiarse del régimen especial de entidades dedicadas al arrendamiento de viviendas, regulado en el Capítulo III del Título VII de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades y, consecuentemente, beneficiarse de la bonificación del 85% de la parte de la cuota íntegra del impuesto que corresponda a las rentas derivadas del arrendamiento de viviendas.

La position de la DGT

Para acogerse al régimen, la sociedad debe tener como actividad económica principal el arrendamiento de viviendas. Para que el arrendamiento sea actividad económica, debe contar con al menos una persona empleada con contrato laboral y jornada completa. Los requisitos de número de viviendas, plazo de mantenimiento y contabilización deben valorarse en la entidad considerando todas las viviendas de su propiedad, incluso las tenidas mediante comunidad de bienes. Finalmente, la ausencia de división horizontal no impide el régimen si la edificación es habitable y cumple la Ley de Arrendamientos Urbanos.

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