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V1834-20 9 juin 2020 · SG de Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas Critère en vigueur
OTRO · impuesto sobre actividades económicas

Classification distincte des activités de design textile, design graphique et vente d'articles de cadeaux

La requérante s'interroge sur les rubriques de l'IAE applicables à ses activités de design textile, de design graphique et de vente de cadeaux. La DGT précise qu'il convient d'enregistrer différentes rubriques selon la nature de chaque activité et clarifie quels revenus sont soumis à la retenue à la source de l'IRPF.

La question posée

Cuestión planteada 1ª Epígrafe o epígrafes del IAE en que debe darse de alta por el ejercicio de estas actividades.

La position de la DGT

El diseño textil puede ser actividad industrial (grupo 453) si es anexo a la industria del vestido, o profesional (grupo 399) si no hay organización empresarial. El diseño gráfico aplicado a soportes impresos corresponde al epígrafe 474.1. La venta de artículos de regalo se clasifica en el epígrafe 614.3. Solo la actividad calificada como profesional (grupo 399) está sujeta a retención en el IRPF.

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