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V1831-14 10 juillet 2014 · SG de Impuestos sobre las Personas Jurídicas Critère en vigueur
IS · régimen especial de entidades navieras

Éligibilité au régime spécial des compagnies maritimes pour les remorqueurs si les revenus portuaires sont inférieurs à 50 %

Une entité a sollicité un avis sur la régularisation de sa situation fiscale concernant deux remorqueurs soumis au régime spécial des compagnies maritimes. La DGT conclut qu'en assimilant le temps d'attente au port à une activité de transport maritime, la condition limitant les revenus portuaires à moins de 50 % est respectée.

La question posée

Cuestión planteada Si la consultante debe regularizar su situación fiscal en relación al Impuesto sobre Sociedades respecto de los ejercicios anteriores en relación a los dos buques incluidos en la autorización.

La position de la DGT

Para buques de remolque, los ingresos por actividades en puerto o ayuda a buques para llegar a puerto deben ser inferiores al 50% de los ingresos totales. Según las Directrices comunitarias, el tiempo de espera en puerto debe asimilarse proporcionalmente a la actividad de transporte marítimo. Por tanto, si el tiempo en puerto se considera actividad de transporte marítimo, los ingresos en puerto no alcanzarán el límite del 50% establecido en el artículo 124 del TRLIS.

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