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V1823-24 19 juillet 2024 · SG de Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas Critère en vigueur
IRPF · deducción por obras de rehabilitación

Application de la déduction de 60 % pour les travaux de rénovation énergétique dans les bâtiments résidentiels

Un propriétaire s'interroge sur la possibilité d'appliquer la déduction pour l'installation de panneaux photovoltaïques réduisant la consommation d'énergie primaire non renouvelable de plus de 30 %. La DGT confirme qu'il est possible d'appliquer la déduction prévue au paragraphe 3 de la disposition additionnelle 50 de la LIRPF.

La question posée

Cuestión planteada Posibilidad de aplicarse la deducción por obras de rehabilitación energética en viviendas prevista en el apartado 3 de la disposición adicional 50ª de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.

La position de la DGT

Los propietarios de viviendas en edificios de uso predominante residencial pueden deducirse el 60% de las cantidades satisfechas por obras de rehabilitación energética hasta el 31 de diciembre de 2025. Para ello, debe acreditarse mediante certificado de eficiencia energética una reducción del consumo de energía primaria no renovable de al menos un 30%, o la mejora de la calificación a clase «A» o «B». En el caso de viviendas unifamiliares, el certificado debe acreditar la mejora de la propia vivienda.

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