Aller au contenu
Retour à l'index
V1798-20 5 juin 2020 · SG de Impuestos sobre las Personas Jurídicas Critère en vigueur
IS · aportación no dineraria

L'apport de parts sociales peut bénéficier du régime spécial de la LIS sous réserve de remplir les conditions et de justifier de motifs économiques valables

Un contribuable s'interroge sur l'éligibilité au régime spécial de la LIS de l'apport d'une participation de 33,33 % de la société B à la société A, résidente en Espagne. La DGT précise que si les conditions techniques peuvent être satisfaites, la validité des motifs économiques dépendra des faits et du fait que la donation ultérieure de capital aux enfants ne vise pas principalement un avantage fiscal.

La question posée

Cuestión planteada Si la operación descrita podría acogerse al régimen fiscal previsto en el Capítulo VII del Título VII de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades, y si existen motivos económicos válidos.

La position de la DGT

Para aplicar el régimen especial de aportaciones no dinerarias, la entidad receptora debe ser residente en España, el aportante debe mantener una participación de al menos el 5% en los fondos propios tras la operación y las participaciones deben haber sido poseídas ininterrumpidamente durante el año anterior. La operación no debe tener como objetivo principal el fraude o la evasión fiscal, requiriendo motivos económicos válidos. La intención de realizar una donación posterior de capital a los hijos podría influir en la determinación del propósito principal de la operación si conlleva una ventaja fiscal.

Email
Contact