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V1759-20 3 juin 2020 · SG de Impuestos sobre las Personas Jurídicas Critère en vigueur
IS · fusión por absorción

Une fusion par absorption peut bénéficier du régime spécial si des motifs économiques valables sont justifiés

Une société holding s'interroge sur la possibilité d'appliquer le régime spécial de l'impôt sur les sociétés à son opération de fusion par absorption et sur la validité des motifs invoqués. La DGT indique que l'opération pourra bénéficier dudit régime si elle remplit les conditions commerciales et fiscales, à condition que son objectif principal ne soit pas la fraude ou l'avantage fiscal.

La question posée

Cuestión planteada Si la operación descrita puede acogerse al régimen fiscal previsto en el Capítulo VII del Título VII de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades y si existen motivos económicos válidos.

La position de la DGT

Para aplicar el régimen especial de fusiones, la operación debe realizarse en el ámbito mercantil según la Ley 3/2009 y cumplir el artículo 76.1 de la LIS. Los motivos de simplificación estructural y mejora de solvencia podrían considerarse económicamente válidos, siempre que no sea una operación con finalidad preponderante de aprovechamiento de bases imponibles negativas. La existencia de bases imponibles negativas en la absorbida no impide el régimen, pero la compensación en la absorbente estará sujeta a los límites de los artículos 84 y la DT 16ª de la LIS.

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