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V1721-15 2 juin 2015 · SG de Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas Critère en vigueur
IRPF · elemento patrimonial afecto

Déduction des frais de véhicule de tourisme : usage exclusivement professionnel requis

Un professionnel a sollicité l'avis sur la possibilité de déduire les frais d'un nouveau véhicule de tourisme lié à son activité. La DGT précise que cette déduction n'est possible que si le véhicule est utilisé exclusivement pour l'exercice de l'activité économique.

La question posée

Cuestión planteada Posibilidad de deducir en el IRPF los gastos derivados de la adquisición, utilización y mantenimiento del vehículo.

La position de la DGT

Para deducir la amortización y los gastos de un vehículo de turismo (reparaciones, carburante, etc.), este debe ser un elemento patrimonial afecto a la actividad. En el caso de automóviles de turismo, no se permite la afectación parcial si se usan para fines privados, salvo excepciones específicas que no se aplican aquí. Por tanto, si el uso no es exclusivo para la actividad, no se consideran elementos afectos y no son deducibles.

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