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V1712-22 18 juillet 2022 · SG de Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas Critère en vigueur
IRPF · deducción por inversión en vivienda habitual

Possibilité de déduire 100 % des mensualités d'un prêt après l'extinction d'une indivision sous certaines limites

Un contribuable a demandé s'il pouvait déduire 100 % des mensualités de l'hypothèque de sa résidence principale après son divorce, ou seulement 50 %. La DGT répond qu'il est possible de déduire la totalité des sommes versées, sous réserve du respect des conditions du régime transitoire.

La question posée

Cuestión planteada A. Si, a partir de la sentencia de divorcio, podía haber practicado, en cada año, la deducción en función de la totalidad de las cantidades satisfechas por el 100% del préstamo, aunque en él figuraban ambos adquirentes como prestatarios, o si, por esa circunstancia, solo podía practicarla por la mitad de las cuantías que satisfacía. En particular, cuantías que puede considerar en la formación de la base de deducción por el ejercicio 2021: 3.943,45 euros, 2.088,70 euros o ambas cuantías.

La position de la DGT

Para la parte de la vivienda adquirida antes de 2013, se aplica el régimen transitorio si se cumplieron los requisitos de deducción previos. Respecto a la parte adquirida tras la extinción del condominio (divorcio), el contribuyente puede deducirse el 100% de las cantidades satisfechas por el préstamo, siempre que el excónyuge hubiera podido seguir deduciendo su parte y no se hubiera agotado su derecho. El límite de esta deducción es el importe que el excónyuge habría tenido derecho a deducirse si no se hubiera producido la extinción.

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