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V1616-22 4 juillet 2022 · SG de Impuestos sobre el Consumo Critère en vigueur
IVA · tipo reducido

Application du taux réduit de 10 % pour la construction de bâtiments d'habitation, que l'usage soit gratuit ou onéreux

Une fondation accueillant des familles de patients pédiatriques s'interroge sur la possibilité d'appliquer le taux réduit de TVA à la construction d'un nouvel édifice si elle décide de facturer un prix réduit pour l'hébergement. La DGT précise que la construction est soumise au taux réduit dès lors que plus de 50 % de la surface est destinée à l'habitation, que l'usage soit gratuit ou moyennant une contrepartie.

La question posée

Cuestión planteada Consideración de los inmuebles de la consultante como viviendas, a efectos de aplicar el tipo reducido del 10 por ciento en el Impuesto sobre el Valor Añadido, de acuerdo con el artículo 91.Uno.3.1º de la Ley 37/1992 En caso de cobrar un precio reducido por el alojamiento, consideración de la actividad de la fundación como empresarial a efectos del Impuesto, y efectos que ello produciría sobre la aplicación del tipo reducido.

La position de la DGT

La construcción de edificios destinados principalmente a viviendas (más del 50% de la superficie) permite aplicar el tipo impositivo reducido del 10%. Resulta irrelevante si la cesión del inmueble para su uso como vivienda se realiza de forma gratuita o mediante contraprestación, incluso si el precio es inferior al de mercado. No obstante, si el arrendamiento posterior de dichas viviendas está exento de IVA, las cuotas soportadas en la construcción no podrán deducirse.

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