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V1527-21 21 mai 2021 · SG de Impuestos Especiales y de Tributos sobre el Comercio Exterior y sobre el Medio Ambiente Critère en vigueur
OTRO · impuesto especial sobre la electricidad

Application d'une réduction de 100 % de l'impôt spécial sur l'électricité au transport par métro

Une entreprise de transport métropolitain s'interroge sur l'application d'une réduction de la base imposable au titre de l'impôt spécial sur l'électricité. La DGT confirme que le métro constitue un transport ferroviaire et que la réduction s'applique à l'énergie de traction ainsi qu'à l'entretien du réseau.

La question posée

Cuestión planteada Se plantean diversas cuestiones sobre la aplicación de la reducción de la base imponible regulada en el artículo 98.3 de la Ley 38/1992, de 28 de diciembre, de Impuestos Especiales (BOE de 29 de diciembre)

La position de la DGT

El transporte por metro tiene consideración de transporte por ferrocarril, permitiendo la reducción del 100% de la base imponible en la electricidad para tracción y mantenimiento de la red. Esta reducción no puede hacer que la cuota sea inferior a 0,5 euros por MWh. En suministros con comercializador y distribuidor, el comercializador es quien debe repercutir y autoliquidar la cuantía mínima. Ante la falta de desarrollo reglamentario, el contribuyente debe recabar declaraciones de los beneficiarios que justifiquen el uso de la electricidad en ferrocarril.

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