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V1515-14 9 juin 2014 · SG de Impuestos Patrimoniales, Tasas y Precios Públicos Critère en vigueur
ISD · explotación agraria prioritaria

Improcedence de la réduction de 90 % de l'impôt sur les successions sans exploitation agricole prioritaire

La question porte sur l'éligibilité des héritiers d'un copropriétaire dans une indivision exploitant des terres agricoles à bénéficier de la réduction de 90 % au titre de l'exploitation agricole prioritaire. La DGT conclut que cela est impossible, car ni le défunt ni les héritiers ne détenaient la qualité d'exploitant agricole prioritaire.

La question posée

Cuestión planteada Aplicación por los herederos del causante de la reducción del 90% en el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones prevista en el artículo 9 de la ley 19/1995, de 4 de julio, de modernización de las explotaciones agrarias.

La position de la DGT

La reducción del artículo 9.1 de la Ley 19/1995 requiere que la transmisión sea del titular de una explotación prioritaria a otro titular de explotación prioritaria, o a quien alcance dicha condición como consecuencia de la adquisición. En este caso, al no ser el causante ni los adquirentes titulares de una explotación prioritaria, y no ser la transmisión la que otorga dicha condición, la reducción es improcedente.

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