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V1449-22 20 juin 2022 · SG de Impuestos sobre el Consumo Critère en vigueur
IVA · recargo de equivalencia

La TVA et la surtaxe d'équivalence doivent être appliquées sur la base imposable calculée à partir du prix de vente au public

Un débit de tabac soumis au régime général demande comment déterminer la base imposable pour répercuter la TVA et la surtaxe d'équivalence sur ses clients (bars, restaurants, etc.) relevant du régime spécial. La DGT précise qu'il convient de facturer le prix de vente au public (TVA incluse) majoré de la surtaxe d'équivalence calculée sur la base imposable correspondante.

La question posée

Cuestión planteada Forma de determinar la base imponible sobre la que deben repercutirse tanto el Impuesto sobre el Valor Añadido como el recargo de equivalencia correspondiente.

La position de la DGT

Cuando los precios de venta al público están fijados legalmente e incluyen el IVA, la base imponible para repercutir tanto el impuesto como el recargo de equivalencia se calcula mediante la fórmula: 100 x precio venta al público (IVA incluido) / (100 + tipo gravamen). El sujeto pasivo debe cobrar al cliente el precio de venta al público (IVA incluido) y, además, el recargo de equivalencia calculado, el cual deberá liquidar e ingresar en la Hacienda Pública.

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