Aller au contenu
Retour à l'index
V1382-15 5 mai 2015 · SG de Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas Critère en vigueur
IRPF · rendimientos del trabajo

Non-application de la réduction de 40 % en cas de revenus du travail périodiques ou récurrents

Un travailleur s'interroge sur la possibilité d'appliquer la réduction de 40 % à une rémunération complémentaire issue d'un dispositif de rétention, versée de manière fractionnée. La DGT conclut que celle-ci n'est pas applicable dès lors que la rémunération présente un caractère périodique ou récurrent.

La question posée

Cuestión planteada Aplicación de la reducción del 40 por ciento, prevista en el artículo 18.2 de la Ley 35/2006, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, sobre la retribución recibida en octubre de 2013 (17.875 euros) y la pendiente de recibir en junio de 2014 (17.875 euros).

La position de la DGT

Para aplicar la reducción del 40% de los rendimientos del trabajo, estos deben tener un período de generación superior a dos años y no ser periódicos o recurrentes. La periodicidad o recurrencia se determina si las retribuciones tienden a repetirse en el tiempo, convirtiéndose en una fórmula retributiva normal. En este caso, al apreciarse dicha periodicidad, no procede la reducción del artículo 18.2 de la LIRPF.

Email
Contact