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V1279-23 16 mai 2023 · SG de Impuestos sobre el Consumo Critère en vigueur
IVA · sujeción

Les services de collecte de déchets fournis aux administrations de rattachement sont hors champ de la TVA

Un consortium public s'interroge sur l'assujettissement à la TVA de ses services de gestion des déchets auprès des municipalités et des départements, ainsi que sur la déduction de la taxe supportée. La DGT précise qu'il n'y a pas d'assujettissement si les services sont rendus aux administrations dont il dépend, contrairement aux autres destinataires.

La question posée

Si los servicios relacionados con residuos que el consultante va a prestar a sus miembros se encontrarían sujetos al Impuesto sobre el Valor Añadido. Deducibilidad de las cuotas del Impuesto sobre el Valor Añadido soportadas por el consultante en la adquisición de bienes y servicios que se afecten directa y exclusivamente a la prestación de estos servicios.

La position de la DGT

Los servicios de recogida de residuos no están sujetos al IVA cuando se prestan a las administraciones públicas de las que el consorcio depende, según el artículo 7.8.º de la Ley 37/1992. No obstante, la no sujeción no se aplica a servicios prestados a otros destinatarios distintos. Para la deducción del IVA soportado, las entidades que realizan operaciones sujetas y no sujetas deben aplicar un criterio razonable y homogéneo de imputación para los bienes y servicios de uso simultáneo, pero no podrán deducir las cuotas destinadas exclusivamente a operaciones no sujetas.

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