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V1262-15 27 avril 2015 · SG de Impuestos Patrimoniales, Tasas y Precios Públicos Critère en vigueur
OTRO · actos jurídicos documentados

La base imposable de la quote graduelle dans la cession de prêts hypothécaires correspond au capital restant dû plus les intérêts

Une consultation porte sur la détermination de la base imposable pour la quote graduelle de l'ITPAJD lors de la cession de portefeuilles de prêts hypothécaires. La DGT précise que la base est constituée par l'obligation ou le capital garanti, comprenant le solde restant à payer à la date de la cession, augmenté des intérêts, indemnités ou pénalités convenus.

La question posée

Cuestión planteada Si, en las transmisiones de préstamos hipotecarios realizadas por entidades de crédito, documentadas mediante escritura pública, cuando la transmisión no se enmarque en una operación de reestructuración, la base imponible de la cuota gradual de la modalidad de actos jurídicos documentados, documentos notariales, del ITPAJD, ha de determinarse por el importe de los préstamos que se encuentre pendiente de amortización en el momento de realizar su transmisión, más los correspondientes intereses, indemnizaciones, penas por incumplimiento u otros conceptos análogos que se hubieran pactado como garantía.

La position de la DGT

En la cesión de préstamos hipotecarios por entidades de crédito, la base imponible de la cuota gradual de actos jurídicos documentados es la obligación o capital garantizado. Esta base está integrada por el importe del préstamo pendiente de amortización en la fecha de la cesión, junto con los intereses, indemnizaciones, penas por incumplimiento u otros conceptos análogos pactados como garantía. La base no es el precio de la cesión, sino el importe garantizado con la hipoteca.

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