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V1123-15 13 avril 2015 · SG de Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas Critère en vigueur
IRPF · nuda propiedad

Absence de plus ou moins-value en IRPF lors de la donation de la nue propriété de parts sociales

La question porte sur la possibilité d'appliquer l'absence de plus ou moins-value en IRPF lors de la donation de la nue propriété de parts sociales. La DGT confirme que cela est possible, sous réserve du respect des conditions d'exonération de l'Impôt sur la Fortune et de la réduction applicable à l'Impôt sur les Successions et les Donations.

La question posée

Cuestión planteada Si resulta aplicable a la donación de la nuda propiedad lo establecido en el artículo 33.3.c) de la Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, que establece la no existencia de ganancia o pérdida patrimonial por las transmisiones lucrativas de empresas o participaciones a que se refiere el citado apartado 6 del artículo 20 de la Ley del impuesto sobre Sucesiones y Donaciones.

La position de la DGT

La donación de la nuda propiedad de participaciones sociales que disfruten de la reducción en la base imponible del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones recibe el mismo tratamiento fiscal que la transmisión de la plena propiedad. Por tanto, se aplicará la no existencia de ganancia o pérdida patrimonial prevista en el artículo 33.3.c) de la Ley del IRPF. Para ello, debe concurrir la exención en el Impuesto sobre el Patrimonio sobre la nuda propiedad y el usufructo vitalicio según la Ley 19/1991.

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