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V0803-22 12 avril 2022 · SG de Impuestos sobre las Personas Jurídicas Critère en vigueur
IS · entidad sin ánimo de lucro

Exonération possible des dons immobiliers aux organismes sans but lucratif sous conditions

Une association à but non lucratif s'interroge sur l'assujettissement à l'impôt sur les sociétés de la donation de deux immeubles par une entreprise. La DGT précise que l'exonération dépend de la réception des biens dans le cadre de l'objet social ou de la finalité spécifique de l'entité, sans que cela ne découle d'une activité économique.

La question posée

Cuestión planteada Si debe tributar por el Impuesto sobre Sociedades, en qué plazo y si tiene derecho a alguna deducción o exención en la declaración. En este último caso, si la entidad donante debería declarar en el Impuesto sobre Sociedades dicha operación.

La position de la DGT

Las entidades sin ánimo de lucro no declaradas de utilidad pública son entidades parcialmente exentas según la LIS. Las rentas derivadas de adquisiciones a título lucrativo están exentas si se obtienen en cumplimiento del objeto o finalidad específica de la entidad y no constituyen actividades económicas. En caso de adquisición a título gratuito, la entidad adquirente debe integrar el valor de mercado del elemento patrimonial en su base imponible si la operación no cumple los requisitos de exención. La integración debe realizarse en el período impositivo en que se realice la operación.

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