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V0672-24 15 avril 2024 · SG de Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas Critère en vigueur
IRPF · rendimientos del trabajo

Les soins familiaux ne constituent pas une relation contractuelle et toute rémunération sera considérée comme un revenu du travail

Un fils s'interroge sur l'existence d'une obligation de rémunération pour les soins prodigués à sa mère et sur leur régime fiscal. La DGT précise que ces soins s'inscrivent dans un cadre familial et non contractuel, et que toute rémunération éventuelle serait imposée comme un revenu du travail.

La question posée

Cuestión planteada Si los cuidados personales que se compromete prestar a su madre, generan algún tipo de relación jurídica con consecuencias tributarias en el sentido de que su madre le tiene que retribuir por dichos cuidados que recibe. En caso afirmativo, se cuestiona cómo se debe valorar o calcular dicha retribución y cuál es su calificación tributaria.

La position de la DGT

La atención de cuidadores no profesionales debe desarrollarse en el marco de la relación familiar y nunca bajo una relación contractual, laboral o de otra índole. Si el cuidador percibiera una retribución por estos cuidados, dicha cantidad tendrá la consideración de rendimientos del trabajo para el perceptor. Esta retribución no estaría amparada por la exención de las prestaciones por dependencia del artículo 7.x) de la LIRPF.

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