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V0337-24 7 mars 2024 · SG de Tributación de las Operaciones Financieras Critère en vigueur
IRPF · rendimientos del trabajo

Fiscalité des prestations de plans de pensiones avec versements antérieurs à 1992

Une consultation porte sur le régime fiscal des prestations issues d'un plan de pensiones dont les versements ont été effectués avant juillet 1992. La DGT précise qu'il convient de distinguer l'apport initial au titre de services passés des versements ultérieurs afin de déterminer leur traitement fiscal respectif.

La question posée

Cuestión planteada Tributación de la prestación correspondiente a las aportaciones anteriores a 1992 y tratamiento fiscal de las cantidades no imputadas fiscalmente.

La position de la DGT

La aportación inicial por derechos consolidados a 01/07/1992 se trata como seguro colectivo; tributará como rendimiento del trabajo lo que exceda de las contribuciones imputadas y aportaciones del trabajador. Para las aportaciones subsiguientes al plan, la prestación tributa como rendimiento del trabajo según el artículo 17.2.a).3ª de la LIRPF. En caso de percepción en forma de capital, se pueden aplicar reducciones según la DT 11ª de la LIRPF y el artículo 94 del TRLIRPF. El contribuyente debe acreditar las aportaciones y contribuciones mediante las nóminas correspondientes.

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