Aller au contenu
Retour à l'index
V0238-23 13 février 2023 · SG de Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas Critère en vigueur
IRPF · ganancia patrimonial

Les intérêts pour restitution d'indus sont imposables comme gain patrimonial au titre de l'IRPF

La consultante demande si les intérêts perçus suite à la restitution de versements indus constituent un gain patrimonial et si les frais de prêt ainsi que les honoraires juridiques sont déductibles. La DGT précise que ces intérêts sont qualifiés de gain patrimonial et que les frais mentionnés ne sont pas déductibles.

La question posée

Cuestión planteada Pregunta si "-a la vista de la reciente Sentencia del Tribunal Supremo nº 24 de fecha 12/01/2023- los intereses generados por la devolución de ingresos indebidos tributan como ganancia patrimonial y si los gastos generados por el préstamo solicitado y los honorarios del abogado y procurador contratados son deducibles en la renta de la consultante".

La position de la DGT

Los intereses de demora abonados por la Administración al efectuar una devolución de ingresos indebidos están sujetos y no exentos al IRPF, calificándose como ganancias patrimoniales. Al no tratarse de una transmisión, la cuantificación de la ganancia es el propio importe de los intereses. Por tanto, no es posible deducir los gastos del préstamo ni los honorarios de abogado y procurador para determinar dicha ganancia.

Email
Contact