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V0144-16 19 janvier 2016 · SG de Impuestos sobre las Personas Jurídicas Critère en vigueur
IRPF · atribución de rentas

Les communautés de biens exerçant des activités agricoles restent soumises à l'IRPF

La question porte sur l'éventuelle transition d'une communauté de biens agricole de l'IRPF vers l'impôt sur les sociétés. La DGT précise qu'en raison de la nature agricole de l'activité, celle-ci ne présente pas de caractère mercantile et doit conserver le régime d'attribution de revenus.

La question posée

Cuestión planteada Se plantea si la comunidad de bienes consultante deberá permanecer en el régimen de atribución de rentas del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas o cambiar en el año 2016 a tributar por el Impuesto sobre Sociedades.

La position de la DGT

Para ser contribuyente del Impuesto sobre Sociedades, una sociedad civil debe tener personalidad jurídica y objeto mercantil. La personalidad jurídica fiscal se adquiere si la entidad se manifiesta ante la Administración mediante escritura pública o documento privado aportado para obtener el NIF. El objeto mercantil requiere realizar actividades de producción, intercambio o servicios en un sector no excluido del ámbito mercantil. Las actividades agrícolas, ganaderas, forestales, mineras y profesionales están excluidas de este ámbito mercantil.

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