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BOE-A-2026-16822 ·1 août 2026 ·Resolución Impact élevé
Social

Empresas afectadas por incendios: deben remitir certificado de empresa vía Certific@2 para tramitar prestaciones extraordinarias

Esta resolución regula el procedimiento para el reconocimiento de la prestación extraordinaria por emergencia extrema creada por el Real Decreto-ley 20/2026 debido a incendios forestales. Las empresas deben acreditar la suspensión del contrato mediante el envío de un certificado de empresa electrónico a través de la aplicación Certific@2 (art. 2.1). El certificado debe indicar la causa de «suspensión del contrato» (17) y el periodo de suspensión, que tendrá un máximo de cuatro meses (art. 2.1).

Qui est concerné

S'applique à ce profil

  • Empresas con trabajadores afectados por la suspensión de contrato debido a incendios forestales

art. 2.1

Esta normativa no afecta directamente al perfil autonomo.

S'applique à ce profil

  • Personas trabajadoras o socias de cooperativas que sufran la suspensión por incendios

art. 3.1

S'applique à ce profil

  • Empresas con trabajadores afectados por la suspensión de contrato debido a incendios forestales

art. 2.1

Comment cela affecte les parties prenantes

Para las empresas, la norma impone la obligación de utilizar exclusivamente el formato electrónico vía Certific@2 para comunicar la suspensión del contrato por incendios (art. 2.1). En caso de prorrogar el periodo de suspensión dentro del límite legal, la empresa está obligada a remitir un nuevo certificado (art. 2.2). Los trabajadores y socios de cooperativas afectados podrán solicitar la prestación mediante el modelo oficial o el formulario de presolicitud en la sede electrónica del SEPE (art. 3.1).

Que faire et dans quel délai

ActionRéférenceDélai
Remitir certificado de empresa vía Certific@2 indicando causa de suspensión (17) art. 2.1
Remitir nuevo certificado de empresa en caso de prórroga de la suspensión art. 2.2
Presentar solicitud de prestación mediante modelo oficial o formulario de presolicitud en sede SEPE art. 3.1

Chronologie

2026-08-01pubPublication au BOE
Secteurs concernés
Texte officiel Basé sur les données du BOE (boe.es). Information, pas conseil juridique.

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Cette analyse est fournie à titre informatif et ne constitue pas un conseil juridique ni une relation client-conseiller. BM Consulting.
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