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Doctrina por tema · Observatorio DGT

Consultas sobre justificación de gastos

40 consultas vinculantes de la DGT relacionadas con «justificación de gastos», con su criterio vigente y la ley aplicable.

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Evolución del criterio de la DGT

Doctrina consolidada Confianza alta 35 consultas · 2014–2026

Criterio vigente

En el método de estimación directa, los gastos son deducibles si se acredita que se han ocasionado en el ejercicio de la actividad y están relacionados con la obtención de ingresos. Se aplican las normas del Impuesto sobre Sociedades para determinar el rendimiento neto. La vinculación entre el gasto y la obtención de ingresos es una cuestión de hecho que deben valorar los órganos de gestión e inspección.

La posición de la DGT se mantiene constante en la exigencia de acreditar la correlación entre el gasto y la obtención de ingresos. A lo largo de las consultas, se reitera que la valoración de la vinculación es una cuestión de hecho para la Administración. No se observan cambios doctrinales, sino la aplicación de criterios de vinculación y justificación en distintos supuestos.

Análisis basado en 35 de 35 consultas con criterio disponible. Actualizado 23 de septiembre de 2026.

40 consultas

V2525-25 17 dic 2025

Los gastos de comidas con clientes son deducibles bajo ciertos requisitos y límites

SG de Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas
gastos de atención a clientesdeducibilidadcorrelación con los ingresosestimación directajustificación de gastos LIRPF — Ley 35/2006 del IRPF art. 28LIS — Ley 27/2014 del Impuesto sobre Sociedades art. 10.3
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