Un contribuyente que cobró su prestación por desempleo en pago único mediante una sociedad quiere pasar a ser empresario individual. La DGT responde que este cambio de forma jurídica rompe el requisito de mantenimiento de la actividad.
Cuestión planteada Incidencia, en la exención establecida en el artículo 7.n) de la Ley del IRPF, de la circunstancia de pasar de ejercer la actividad a través de una sociedad a ejercerla como empresario individual.
El cambio de ejercer una actividad económica a través de una sociedad a desarrollarla como trabajador autónomo quebraría el derecho a la exención del artículo 7.n) de la Ley 35/2006. El interesado debe regularizar su situación tributaria incluyendo las cantidades exentas en la autoliquidación del IRPF del periodo en que se produzca el incumplimiento del plazo de cinco años.
Esta consulta establece criterio vinculante para supuestos similares. A continuación, el impacto específico por perfil de contribuyente.