Una empresa consultó si una cinta de transferencia con asas para pacientes encamados o en sillas de ruedas podía tributar al tipo reducido. La DGT ha respondido que este producto debe tributar al 21% al no estar incluido en las categorías de productos farmacéuticos o equipos médicos con tipo reducido.
Cuestión planteada Tipo impositivo aplicable, a efectos del Impuesto sobre el Valor Añadido, a las entregas de este tipo de producto.
El tipo reducido del 10% se aplica a equipos médicos y aparatos diseñados para aliviar o tratar deficiencias para uso personal y exclusivo de personas con deficiencias físicas, mentales, intelectuales o sensoriales, siempre que figuren en el anexo de la Ley. La cinta de transferencia consultada no se encuentra incluida en las categorías mencionadas en la normativa. Por tanto, al no encajar en los supuestos de tipo reducido, le corresponde el tipo general del 21%.
Esta consulta establece criterio vinculante para supuestos similares. A continuación, el impacto específico por perfil de contribuyente.