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V1695-25 18 de septiembre de 2025 · SG de Impuestos sobre las Personas Jurídicas Criterio vigente
Impuesto sobre Sociedades · fusión por absorción

Posibilidad de aplicar el régimen de neutralidad fiscal en fusiones por absorción bajo requisitos legales y mercantiles

La consultante pregunta si una fusión por absorción de una filial al 100% puede acogerse al régimen especial de neutralidad fiscal. La DGT responde que, si la operación cumple los requisitos mercantiles y del Impuesto sobre Sociedades, es aplicable dicho régimen siempre que no tenga como objetivo principal el fraude o la evasión fiscal.

La cuestión planteada

Cuestión planteada Si a la renta obtenida es aplicable el régimen especial de las fusiones, escisiones, aportaciones de activos, canje de valores y cambio de domicilio social de una Sociedad Europea o una Sociedad Cooperativa Europea de un Estado miembro a otro de la Unión Europea del Capítulo VII del Título VII de la Ley 27/2014 de 27 de noviembre del Impuesto sobre Sociedades, al no haber revalorización contable de activos, al coincidir el valor fiscal y el contable.

Por qué importa

Esta consulta establece criterio vinculante para supuestos similares. A continuación, el impacto específico por perfil de contribuyente.

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