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V1113-25 26 de junio de 2025 · SG de Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas Criterio vigente
IRPF · rendimiento del capital mobiliario

Los dividendos tributan como rendimiento del capital mobiliario y la venta de acciones como ganancia patrimonial

Un contribuyente pregunta si la inversión en acciones debe tributar como ganancia patrimonial o como rendimiento del capital mobiliario. La DGT aclara que los dividendos son rendimientos del capital mobiliario y la transmisión de acciones genera ganancias o pérdidas patrimoniales.

La cuestión planteada

Si los rendimientos de dicha actividad de inversión en acciones deben tributar como ganancia patrimonial o rendimiento del capital mobiliario en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.

El criterio de la DGT

Los dividendos percibidos tienen la consideración de rendimiento del capital mobiliario según el artículo 25.1.a) de la LIRPF. Por otro lado, la transmisión de las acciones genera una ganancia o pérdida patrimonial conforme al artículo 33.1 de la LIRPF, al producir una variación en el valor y composición del patrimonio. El importe de dicha ganancia o pérdida se determina por la diferencia entre los valores de adquisición y de transmisión.

Por qué importa

Esta consulta establece criterio vinculante para supuestos similares. A continuación, el impacto específico por perfil de contribuyente.

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