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V3250-15 ·23 de octubre de 2015 ·consulta-vinculante Impacto medio
FISCAL

Las comisiones por intermediación prestadas desde España no pueden ser objeto de retención en Colombia si no existe establecimiento permanente

Una empresa española prestará servicios de intermediación para una entidad colombiana desde España. La DGT determina que, al no existir un establecimiento permanente en Colombia, los beneficios solo pueden tributar en España según el Convenio.

En 6 claves

A quién afecta

Esta normativa no afecta directamente al perfil expat.

Esta normativa no afecta directamente al perfil empresa.

Esta normativa no afecta directamente al perfil particular.

Qué hacer y antes de cuándo

Sin acción inmediata para empresas o particulares: la obligación recae en la Administración o el efecto es informativo. Si quieres, te avisamos si esta norma cambia o entra en vigor.

Línea de vida

2015-10-23PublicacionPublicación en el BOE
Texto oficial Basado en datos del BOE (boe.es). Información, no asesoramiento.

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Este análisis tiene carácter informativo y no constituye asesoramiento jurídico ni crea relación cliente-asesor. BM Consulting.
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