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V2815-16 ·21 de junio de 2016 ·consulta-vinculante Impacto medio
Fiscal

La escisión parcial de una rama de actividad puede acogerse al régimen especial de IS si existen motivos económicos válidos

Una cooperativa consultó si la segregación de su actividad de recogida y transporte de residuos hacia una nueva sociedad podía acogerse al régimen especial de escisión parcial. La DGT responde que, si la operación cumple con los requisitos mercantiles y el patrimonio segregado constituye una rama de actividad autónoma, puede aplicar dicho régimen.

En 6 claves

A quién afecta

Esta normativa no afecta directamente al perfil expat.

Esta normativa no afecta directamente al perfil empresa.

Esta normativa no afecta directamente al perfil particular.

Qué hacer y antes de cuándo

Sin acción inmediata para empresas o particulares: la obligación recae en la Administración o el efecto es informativo. Si quieres, te avisamos si esta norma cambia o entra en vigor.

Línea de vida

2016-06-21PublicacionPublicación en el BOE
Texto oficial Basado en datos del BOE (boe.es). Información, no asesoramiento.

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