No se puede aplicar la exención por mayores de 65 años si la vivienda se vende más de dos años después de dejar de ser habitual
Ficha tecnica
Resumen
El consultante pregunta si puede aplicar la exención de IRPF por vender su antigua vivienda habitual en 2028, tras haber dejado de residir en ella en 2024 y habiendo cumplido los 65 años. La DGT responde que no es aplicable porque la venta se produciría fuera del plazo de dos años establecido para mantener la consideración de vivienda habitual.
En 6 claves
A quien afecta
Esta normativa no afecta directamente al perfil expat.
Esta normativa no afecta directamente al perfil empresa.
Esta normativa no afecta directamente al perfil particular.
Que hacer y antes de cuando
Sin accion inmediata para empresas o particulares: la obligacion recae en la Administracion o el efecto es informativo. Si quieres, te avisamos si esta norma cambia o entra en vigor.