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V1274-18 ·18 de mayo de 2018 ·consulta-vinculante Impacto medio
Fiscal

La exención por trabajos en el extranjero requiere que la entidad destinataria sea no residente o un establecimiento permanente

Una empresa de consultoría consulta si sus empleados desplazados al extranjero pueden aplicar la exención del artículo 7 p) de la LIRPF. La DGT responde que la aplicación dependerá de que los trabajos se realicen para una entidad no residente o establecimiento permanente en el extranjero y que en dicho territorio se aplique un impuesto análogo sin ser paraíso fiscal.

En 6 claves

A quién afecta

Esta normativa no afecta directamente al perfil expat.

Esta normativa no afecta directamente al perfil empresa.

Esta normativa no afecta directamente al perfil particular.

Qué hacer y antes de cuándo

Sin acción inmediata para empresas o particulares: la obligación recae en la Administración o el efecto es informativo. Si quieres, te avisamos si esta norma cambia o entra en vigor.

Línea de vida

2018-05-18PublicacionPublicación en el BOE
Texto oficial Basado en datos del BOE (boe.es). Información, no asesoramiento.

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Este análisis tiene carácter informativo y no constituye asesoramiento jurídico ni crea relación cliente-asesor. BM Consulting.
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