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BOE-A-2026-9272 ·28 de abril de 2026 ·Resolución Impacto bajo
Fiscal

Empresas y asociaciones de Melilla: publicación de convenios para estancias formativas de alumnos de artes plásticas y diseño

Se publican los convenios suscritos por el Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes para permitir estancias formativas de alumnos de la Escuela de Arte Miguel Marmolejo de Melilla en diversas empresas y organismos (art. 48.8 Ley 40/2015). Estos convenios regulan la formación práctica en centros de trabajo para ciclos formativos de artes plásticas y diseño (art. 51.2 LO 2/2006). La resolución incluye una lista de 10 entidades colaboradoras, entre ellas asociaciones y sociedades limitadas.

En 2 claves

  1. Las empresas deben garantizar el acceso al tutor docente y cumplir con la prevención de riesgos laborales (cláusula undécima). (cláusula undécima)
  2. Los costes de Seguridad Social no bonificados tienen un tope de 3.500 EUR para Melilla y 500 EUR para Ceuta (cláusula décima). (cláusula décima)

A quién afecta

Aplica a este perfil

  • Empresas de la lista de convenios (ej. Maderas EM2 Almería, SL; Tres Forcas TV Melilla, SL)
  • Que actúen como centros de formación para alumnos de la Escuela de Arte Miguel Marmolejo

Resolución de 21 de abril de 2026

Aplica a este perfil

  • Personas físicas que actúen como entidades colaboradoras en los convenios (ej. Joaquín Manuel Callejón Ángel)

Resolución de 21 de abril de 2026

Aplica a este perfil

  • Alumnado de enseñanzas profesionales de artes plásticas y diseño de grado medio y superior de la Escuela de Arte Miguel Marmolejo

art. 51.2 Ley Orgánica 2/2006

Cómo afecta a los implicados

Para las empresas y organismos colaboradores listados, el convenio establece obligaciones de supervisión, cumplimiento de la programación formativa y garantía de prevención de riesgos laborales (cláusula undécima). Las entidades asumen la responsabilidad de facilitar el acceso a tutores del centro docente y cumplir con la normativa de protección de datos. El Ministerio asume la cobertura de costes de Seguridad Social no bonificados, con importes máximos de 3.500 euros para Melilla y 500 euros para Ceuta (cláusula décima).

Qué hacer y antes de cuándo

AcciónReferenciaPlazo
Cumplir con la programación de actividades formativas y la supervisión del progreso del alumno cláusula undécima b y c
Informar a la representación legal de los trabajadores sobre la incorporación de alumnos en formación cláusula undécima g

Línea de vida

2026-04-28PublicacionPublicación en el BOE
Sectores afectados
Texto oficial Basado en datos del BOE (boe.es). Información, no asesoramiento.

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Este análisis tiene carácter informativo y no constituye asesoramiento jurídico ni crea relación cliente-asesor. BM Consulting.
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