El Decreto Foral Legislativo 1/2026 modifica el artículo 69.2.6 de la Ley Foral 19/1992 para ajustar el sistema tributario de producción de energía eléctrica en Navarra. La modificación se aplica a las empresas que producen energía eléctrica, y se exige un ajuste en el sistema tributario dentro de un plazo de tres meses desde la entrada en vigor (art. 69.2.6). El cambio busca armonizar el régimen tributario con el sistema nacional y mejorar la transparencia en la aplicación del IVA en la producción energética.
Aplica a este perfil
art. 69.2.6
Esta normativa no afecta directamente al perfil autonomo.
art. 69.2.6
Para las empresas de producción de energía eléctrica en Navarra, se requiere actualizar su sistema tributario en el plazo de tres meses, lo que implica una revisión de la base imponible y el cálculo del IVA (art. 69.2.6). Las administraciones tributarias podrán aplicar el nuevo régimen desde la fecha de entrada en vigor. El riesgo de incumplimiento es la aplicación incorrecta del nuevo sistema, lo que puede derivar en multas o ajustes posteriores.
| Acción | Referencia | Plazo |
|---|---|---|
| Ajustar el sistema tributario de producción de energía eléctrica | art. 69.2.6 | 3 meses desde entrada en vigor |
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