El Real Decreto 326/2026 modifica los plazos establecidos en los arts. 78, 88 y 115 del Real Decreto 42/2022, al ampliarlos en 30 días adicionales. Este cambio beneficia a ayuntamientos y comunidades autónomas que presentan solicitudes de vivienda, permitiendo un tiempo mayor para la revisión y aprobación de las solicitudes. La modificación se realiza conforme a los arts. 23 y 24 de la Ley 12/2023, de 24 de mayo.
Aplica a este perfil
art. 4.7, 5.2, 15.2, 24 y 27 del RD 853/2021
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Los ayuntamientos y comunidades autónomas ganan tiempo para procesar solicitudes de vivienda, reduciendo la presión administrativa. Los solicitantes de vivienda pueden esperar una mayor atención y trámite, aunque el plazo no se amplía para el público en general. Los asesores de vivienda deben informar a sus clientes sobre el nuevo plazo y ajustar sus procedimientos de seguimiento.
| Acción | Referencia | Plazo |
|---|---|---|
| Revisar y ajustar los plazos de presentación de solicitudes de vivienda en los procedimientos locales | art. 78, 88 y 115 del RD 42/2022 | 30 días adicionales |
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