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BOE-A-2026-8872 ·23 de abril de 2026 ·Real Decreto Impacto medio
Fiscal

Los ayuntamientos y comunidades autónomas deben ampliar plazos de presentación de solicitudes de vivienda hasta 30 días adicionales

El Real Decreto 326/2026 modifica los plazos establecidos en los arts. 78, 88 y 115 del Real Decreto 42/2022, al ampliarlos en 30 días adicionales. Este cambio beneficia a ayuntamientos y comunidades autónomas que presentan solicitudes de vivienda, permitiendo un tiempo mayor para la revisión y aprobación de las solicitudes. La modificación se realiza conforme a los arts. 23 y 24 de la Ley 12/2023, de 24 de mayo.

En 2 claves

  1. Se amplían los plazos de presentación en 30 días según los arts. 78, 88 y 115 del RD 42/2022 (art. 78, 88 y 115 del RD 42/2022)
  2. La modificación se basa en los arts. 23 y 24 de la Ley 12/2023 (art. 23 y 24 de la Ley 12/2023)

A quién afecta

Aplica a este perfil

  • Ayuntamientos que gestionan solicitudes de vivienda
  • Solicitudes de vivienda en el ámbito local

art. 4.7, 5.2, 15.2, 24 y 27 del RD 853/2021

Aplica a este perfil

  • Comunidades autónomas que gestionan solicitudes de vivienda
  • Procedimientos de evaluación de viviendas sociales

art. 4.7, 5.2, 15.2, 24 y 27 del RD 853/2021

Cómo afecta a los implicados

Los ayuntamientos y comunidades autónomas ganan tiempo para procesar solicitudes de vivienda, reduciendo la presión administrativa. Los solicitantes de vivienda pueden esperar una mayor atención y trámite, aunque el plazo no se amplía para el público en general. Los asesores de vivienda deben informar a sus clientes sobre el nuevo plazo y ajustar sus procedimientos de seguimiento.

Qué hacer y antes de cuándo

AcciónReferenciaPlazo
Revisar y ajustar los plazos de presentación de solicitudes de vivienda en los procedimientos locales art. 78, 88 y 115 del RD 42/2022 30 días adicionales

Línea de vida

2026-04-23PublicacionPublicación en el BOE
2026-04-24Entra en vigorEntrada en vigor (fecha_vigencia (indice oficial del BOE))
Texto oficial Basado en datos del BOE (boe.es). Información, no asesoramiento.

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Este análisis tiene carácter informativo y no constituye asesoramiento jurídico ni crea relación cliente-asesor. BM Consulting.
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