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BOE-A-2026-8872 ·23 de abril de 2026 ·Real Decreto Impacto medio
Fiscal

Los ayuntamientos y comunidades autónomas: 6 meses para adaptar plazos de subvenciones o multas por incumplimiento

El Real Decreto 326/2026 modifica los plazos establecidos en los arts. 78, 88 y 115 del RD 42/2022, ampliando su duración en 6 meses. Este cambio afecta directamente a los ayuntamientos y comunidades autónomas que gestionan subvenciones para viviendas sociales. La modificación se realiza en conformidad con los arts. 23 y 24 de la Ley 12/2023, de 24 de mayo.

En 2 claves

  1. Los ayuntamientos y comunidades autónomas deben ampliar plazos de subvenciones en 6 meses (arts. 78, 88, 115 del RD 42/2022)
  2. La modificación se realiza conforme a los arts. 23 y 24 de la Ley 12/2023 (arts. 23 y 24 de la Ley 12/2023)

Cómo afecta a los implicados

Los ayuntamientos y comunidades autónomas que gestionan subvenciones para viviendas sociales deben ampliar sus plazos de presentación y cumplimiento en 6 meses (arts. 78, 88, 115 del RD 42/2022). Esto reduce el riesgo de infracciones por vencimiento prematuro. Las administraciones que no actúen dentro del nuevo plazo podrían enfrentar sanciones por incumplimiento administrativo. El cambio no afecta a particulares ni a empresas privadas.

Qué hacer y antes de cuándo

AcciónReferenciaPlazo
Ampliar plazos de presentación y cumplimiento de subvenciones en 6 meses arts. 78, 88, 115 del RD 42/2022 6 meses desde entrada en vigor
Verificar cumplimiento de los plazos establecidos en la Ley 12/2023 arts. 23 y 24 de la Ley 12/2023

Línea de vida

2026-04-23PublicacionPublicación en el BOE
2026-04-23Entra en vigorEntrada en vigor (disposiciones finales del Real Decreto 326/2026)
Sectores afectados
Texto oficial Basado en datos del BOE (boe.es). Información, no asesoramiento.

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