La Secretaría de Estado de Telecomunicaciones e Infraestructuras Digitales atribuye recursos públicos de numeración destinados específicamente a la prestación del servicio de llamadas comerciales (art. 16.3 Ley 10/2025). Esta resolución establece las condiciones de uso de dichos recursos para regular la actividad de telemarketing. La medida entra en vigor el 17 de abril de 2026.
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art. 16.3 Ley 10/2025
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art. 16.3 Ley 10/2025
Esta normativa no afecta directamente al perfil particular.
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art. 16.3 Ley 10/2025
Para las empresas que prestan servicios de llamadas comerciales, la norma regula el uso de los recursos de numeración asignados, lo que implica un control más estricto sobre la identificación de las llamadas (art. 16.3 Ley 10/2025). Los consumidores y usuarios se benefician de una mayor trazabilidad y regulación en la recepción de este tipo de comunicaciones.
| Acción | Referencia | Plazo |
|---|---|---|
| Cumplir con las condiciones de uso de los recursos de numeración asignados para llamadas comerciales | art. 16.3 Ley 10/2025 |
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