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BOE-A-2026-7528 ·2 de abril de 2026 ·Resolución Impacto medio
Laboral

Las empresas del Grupo ASV-Servicios Funerarios deben adoptar las tablas salariales del III Convenio Colectivo para 2026

La Resolución de 23 de marzo de 2026 publica las tablas salariales del III Convenio Colectivo del Grupo ASV-Servicios Funerarios para 2026, conforme al art. 90.2 y 3 del RDL 2/2015 y al Real Decreto 713/2010. Este documento establece las remuneraciones a aplicar en el sector funerario, sustituyendo las previas publicadas en mayo de 2025 (art. 90.2 y 3).

En 2 claves

  1. Las empresas del Grupo ASV-Servicios Funerarios deben aplicar las tablas salariales de 2026 (art. 90.2 y 3)
  2. Las tablas salariales se publican conforme al RDL 2/2015 y al RD 713/2010 (art. 90.2 y 3, RD 713/2010)

A quién afecta

Aplica a este perfil

  • Pertenezcan al Grupo ASV-Servicios Funerarios

art. 90.2 y 3

Esta normativa no afecta directamente al perfil autonomo.

Aplica a este perfil

  • Pertenezcan al Grupo ASV-Servicios Funerarios

art. 90.2 y 3

Cómo afecta a los implicados

Para las empresas del Grupo ASV-Servicios Funerarios, se obliga a aplicar las nuevas tablas salariales para 2026, con efecto inmediato en las contrataciones y pagos. Los trabajadores en el sector reciben ajustes salariales conforme a las nuevas tablas. Las administraciones públicas que gestionan el sector deben actualizar sus registros salariales (art. 90.2 y 3).

Qué hacer y antes de cuándo

AcciónReferenciaPlazo
Aplicar las tablas salariales del III Convenio Colectivo para 2026 art. 90.2 y 3

Línea de vida

2026-04-02PublicacionPublicación en el BOE
2026-04-02Entra en vigorEntrada en vigor (resolución de 23 de marzo de 2026)
Texto oficial Basado en datos del BOE (boe.es). Información, no asesoramiento.

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Este análisis tiene carácter informativo y no constituye asesoramiento jurídico ni crea relación cliente-asesor. BM Consulting.
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