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BOE-A-2026-6383 ·18 de marzo de 2026 ·Resolución Impacto medio
Laboral

Empresas de textil y confección: 1 de enero de 2026 para aplicar incremento salarial del 4,5%

La resolución publica el acuerdo de incremento salarial del 4,5% para 2026 en el convenio colectivo de la industria textil y confección, que entra en vigor el 1 de enero de 2026. Este ajuste se regula conforme al art. 90.2 y 3 del RDL 2/2015 y se aplica a los trabajadores contratados en el sector. Las empresas deben asegurarse de que los salarios se ajusten a partir de esa fecha para cumplir con el convenio colectivo.

En 2 claves

  1. Aumento salarial del 4,5% para 2026 desde el 1 de enero (art. 90.2 y 3 del RDL 2/2015)
  2. Aplicación del acuerdo en el sector textil y confección (Resolución de 12 de noviembre de 2021)

A quién afecta

Aplica a este perfil

  • Empresas del sector textil y confección
  • Con trabajadores contratados bajo el convenio colectivo

art. 90.2 y 3 del RDL 2/2015

Aplica a este perfil

  • Autónomos que trabajen en textil o confección
  • Que estén sujetos al convenio colectivo

Cómo afecta a los implicados

Para las empresas del sector textil y confección, se impone un nuevo obligación de ajustar salarios en un 4,5% a partir del 1 de enero de 2026. Los trabajadores reciben un aumento salarial directamente. Los asesores laborales deben verificar que el ajuste se realice conforme al convenio y que se registre en el sistema de control de salarios. Las administraciones no tienen cambios directos, pero deben garantizar el cumplimiento del convenio.

Qué hacer y antes de cuándo

AcciónReferenciaPlazo
Ajustar salarios en un 4,5% a partir del 1 de enero de 2026 art. 90.2 y 3 del RDL 2/2015 1 de enero de 2026

Línea de vida

2026-03-18PublicacionPublicación en el BOE
Texto oficial Basado en datos del BOE (boe.es). Información, no asesoramiento.

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Este análisis tiene carácter informativo y no constituye asesoramiento jurídico ni crea relación cliente-asesor. BM Consulting.
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