La Resolución de 6 de marzo de 2026 publica el acuerdo de incremento salarial del 2026 para el sector textil y confección, conforme al art. 90.2 y 3 del RDL 2/2015. El aumento se aplica a partir del 1 de enero de 2026, como establece el texto refundido. El acuerdo se deriva del Convenio colectivo publicado el 12 de noviembre de 2021.
Aplica a este perfil
art. 90.2 y 3 RDL 2/2015
Esta normativa no afecta directamente al perfil autonomo.
art. 90.2 y 3 RDL 2/2015
Aplica a este perfil
art. 90.2 y 3 RDL 2/2015
Las empresas del sector textil y confección deben aplicar el incremento salarial del 2026 a partir del 1 de enero de 2026 (art. 90.2 y 3 RDL 2/2015). Los trabajadores en estas empresas reciben un aumento salarial conforme al acuerdo publicado. Las administraciones no tienen que actuar, pero deben garantizar la publicación del acuerdo en el BOE. No hay cambios en el régimen de contratación ni en derechos laborales.
| Acción | Referencia | Plazo |
|---|---|---|
| Aplicar el incremento salarial del 2026 a partir del 1 de enero de 2026 | art. 90.2 y 3 RDL 2/2015 | 1 de enero de 2026 |
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