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BOE-A-2026-5976 ·13 de marzo de 2026 ·Resolución Impacto bajo
Fiscal

Empresas listadas en el anexo: revocación de sus números de identificación fiscal (NIF)

La Agencia Estatal de Administración Tributaria publica la revocación de los números de identificación fiscal (NIF) de las entidades que figuran en el anexo de la resolución. Esta medida se adopta conforme a la disposición adicional sexta, apartado 4, de la Ley General Tributaria (art. 4 disp. adicional sexta Ley 58/2003).

En 2 claves

  1. Revocación de NIF de las entidades listadas en el anexo de la resolución (anexo)
  2. Procedimiento basado en la disposición adicional sexta, apartado 4, de la Ley General Tributaria (art. 4 disp. adicional sexta Ley 58/2003)

A quién afecta

Aplica a este perfil

  • Empresas cuya identificación fiscal figure en el anexo de la resolución

anexo

Esta normativa no afecta directamente al perfil autonomo.

Aplica a este perfil

  • Empresas cuya identificación fiscal figure en el anexo de la resolución

anexo

Qué hacer y antes de cuándo

AcciónReferenciaPlazo
Verificar si el NIF de la contraparte comercial figura en la lista de revocados anexo

Línea de vida

2026-03-13PublicacionPublicación en el BOE
Sectores afectados
Texto oficial Basado en datos del BOE (boe.es). Información, no asesoramiento.

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