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BOE-A-2026-5849 ·12 de marzo de 2026 ·Resolución Impacto medio
Laboral

Empresas del sector acuático: 1 de enero de 2025 para aplicar el nuevo convenio colectivo de mantenimiento y conservación

Se publica el Convenio colectivo estatal para mantenimiento y conservación de instalaciones acuáticas. El texto corrige errores del anterior convenio y publica tablas salariales. El convenio tiene efecto desde el 1 de enero de 2025 y se prorrogará hasta el 31 de diciembre de 2027 (art. 90.2 y 3 del RDL 2/2015).

En 3 claves

  1. El convenio tiene efecto desde el 1 de enero de 2025 (art. 90.2 y 3 del RDL 2/2015)
  2. Se corrigen errores del convenio publicado en julio de 2020 (resolución de 16 de marzo de 2026)
  3. Se publican tablas salariales en relación con el convenio (resolución de 11 de mayo de 2026)

A quién afecta

Aplica a este perfil

  • Empresas del sector acuático
  • Con instalaciones acuáticas

art. 90.2 y 3 del RDL 2/2015

Esta normativa no afecta directamente al perfil autonomo.

Aplica a este perfil

  • Empresas del sector acuático
  • Con instalaciones acuáticas

art. 90.2 y 3 del RDL 2/2015

Cómo afecta a los implicados

Las empresas del sector acuático deben aplicar el nuevo convenio desde el 1 de enero de 2025, incluyendo ajustes salariales y condiciones de trabajo según las tablas publicadas (art. 90.2 y 3 RDL 2/2015). Los trabajadores en instalaciones acuáticas obtienen nuevas condiciones laborales. Las administraciones deben actualizar sus registros conforme al convenio corregido. El plazo de aplicación es inmediato desde el 1 de enero de 2025.

Qué hacer y antes de cuándo

AcciónReferenciaPlazo
Aplicar el nuevo convenio colectivo desde el 1 de enero de 2025 art. 90.2 y 3 del RDL 2/2015 1 de enero de 2025
Actualizar las tablas salariales según la publicación de mayo de 2026 resolución de 11 de mayo de 2026

Línea de vida

2026-03-12PublicacionPublicación en el BOE
2025-01-01Entra en vigorEntrada en vigor (art. 90.2 y 3 del texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre)
Texto oficial Basado en datos del BOE (boe.es). Información, no asesoramiento.

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Este análisis tiene carácter informativo y no constituye asesoramiento jurídico ni crea relación cliente-asesor. BM Consulting.
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